Recomendaciones del SEPBLAC

El Servicio Ejecutivo de la Comisión de Prevención del Blanqueo de Capitales e Infracciones Monetarias de España (SEPBLAC), ha editado una serie de recomendaciones sobre las medidas de control interno para la prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo que, según el organismo, contiene unos principios sencillos de enunciar pero complejos de implementar y de llevar a la práctica de forma efectiva. Se trata de un objetivo ambicioso y que debe ser tarea de todos los implicados, porque los eslabones más débiles de la cadena que supone el sistema de prevención de un país, son rápidamente detectados por quienes pretenden blanquear fondos de origen ilícito. Si quieres acceder al documento, clickea AQUÍ (imagen incorporada posteriormente; fuente: pixabay).

Según el SEPBLAC, el requisito inicial para que los sujetos obligados puedan realizar una buena tarea de prevención es ser conscientes de su propio riesgo, por lo que el primer principio es el del enfoque riesgo, en cuyo marco se hace referencia a la necesidad para todos los sujetos obligados de elaborar un “informe de autoevaluación del riesgo”, que no es un dictamen técnico de prevención, sino de un documento práctico y adaptado a la realidad de la actividad que lleve a cabo cada sujeto obligado, que actuará como radiografía del negocio desde la perspectiva de la prevención del blanqueo. La utilización de esta perspectiva, servirá para identificar los riesgos de que alguien pueda aprovechar la actividad realizada por el sujeto obligado para introducir, mover u ocultar fondos de procedencia sospechosa. 

En opinión del Servicio Ejecutivo, nadie conoce mejor los riesgos de cada negocio que el que lo regenta. Y es que los que se dedican profesionalmente a una actividad, son capaces de discernir lo qué es normal de aquello que tiene unos elementos extraños, por lo que es posible que algunas de las recomendaciones que se incluyen en el documento, no sean de aplicación a muchos sujetos obligados. Ene se sentido, cada tipo de sujeto obligado tendrá que hacer una adaptación de las recomendaciones recogidas en el documento a su caso concreto. El establecimiento de medidas de prevención y de control a nivel global de un país es costoso y complejo, y es precisamente por esa razón por la que hay que poner el foco en la efectividad de los controles. Para el SEPBLAC, nada se conseguiría teniendo unos procedimientos formales pero que no fueran efectivos.