Acceso web del MEyE a la consulta pública sobre la guía de Registro de Proveedores de Servicios societarios |
(mvc, Málaga, España). Informa el Ministerio de Economía y Empresa del Gobierno de España (MEyE), de la publicación de una propuesta de guía, que se somete a consulta pública, donde se pretende clarificar cuáles son los sujetos y servicios a prestar que determinan la obligación de inscribirse en un registro de proveedores de servicios a sociedades y fideicomisos tipo trust, así como de presentar el documento anual sobre su actividad societaria. SI quieres acceder a la consulta pública, clickea AQUÍ. Esta obligación se derivaba de la transposición de la IV Directiva de la Unión Europea relativa a la prevención de la utilización del sistema financiero para el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo.
Según el MEyE, la norma fue traspuesta a la legislación española mediante la modificación de la Ley 10/2010, que establece que deben inscribirse en el registro las personas jurídicas, las “personas físicas empresarios” y las “personas físicas profesionales” que presten servicios a sociedades y fideicomisos del tipo trust. La disposición adicional única de la Ley 10/2010, tras su modificación el pasado mes de septiembre, establece que la competencia para crear y gestionar este registro de proveedores corresponde al Ministerio de Justicia y quedará establecido dentro del Registro Mercantil.
Los prestadores de estos servicios deberán inscribirse en el Registro Mercantil y posteriormente presentar una declaración de realizar estas actividades. Una vez dados de alta en el registro deberán presentar con carácter anual para su depósito en el registro un documento con información sobre la actividad desarrollada que se determine. El Ministerio de Justicia aprobará un modelo de inscripción en el registro para las personas físicas profesionales y el formulario para declarar anualmente las actividades específicas relativas a la prestación de estos servicios. Fuente de la información y de la imagen: MEyE.